La Custodia Compartida de los Hijos Menores de Edad
En España, la custodia compartida se ha consolidado en los últimos años como el régimen preferente y habitual en las sentencias de divorcio y nulidad matrimonial. El Tribunal Supremo ha dictaminado en reiteradas ocasiones que este sistema es el que mejor protege el interés superior del menor, ya que les permite continuar relacionándose de forma fluida y equitativa con ambos progenitores tras la ruptura.
En este artículo analizamos cuáles son los requisitos exigidos por los jueces para conceder la custodia compartida y cómo se plasma esta medida dentro del convenio regulador de mutuo acuerdo.
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¿En qué consiste la Custodia Compartida?
A diferencia de la custodia monoparental (donde los hijos residen habitualmente con un solo progenitor y el otro dispone de un régimen de visitas), en la custodia compartida los menores alternan su residencia entre los domicilios de ambos padres por periodos de tiempo equivalentes (semanas alternas, quincenas o meses).
Es importante no confundir la guarda y custodia (la convivencia diaria y cuidado del menor) con la patria potestad (los derechos y deberes globales de los padres sobre educación, salud y representación legal, que casi siempre es compartida por ambos independientemente de la custodia).
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Requisitos para la Concesión de la Guarda Compartida
Los juzgados de familia analizan detalladamente las circunstancias particulares de cada familia antes de decretar la custodia compartida. Los factores clave que evalúa el juez y el Ministerio Fiscal son:
1. La relación previa de los padres con los hijos: Se valora positivamente que ambos progenitores hayan estado implicados activamente en los cuidados del día a día del menor antes del divorcio.
2. Cercanía de los domicilios: Los hogares de los padres deben estar lo suficientemente cerca entre sí para no interrumpir la escolarización ni las actividades extraescolares o sociales de los niños.
3. Compatibilidad laboral: Los horarios de trabajo de ambos progenitores deben permitirles conciliar su vida laboral con el cuidado directo de los hijos durante su periodo de custodia.
4. Opinión de los menores: Los hijos mayores de 12 años (o menores con suficiente juicio) tienen derecho a ser oídos en el juzgado a través del trámite de audiencia del menor.
5. Relación entre los progenitores: Aunque no se exige un acuerdo perfecto, sí debe existir un respeto mínimo mutuo que permita coordinar las decisiones de la vida diaria del menor. El conflicto extremo o la existencia de denuncias previas por violencia doméstica impiden la concesión de este régimen.
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Modelos de Reparto de Tiempo y Vivienda
Existen dos fórmulas principales para organizar la convivencia:
- Modelo de nido (vivienda familiar fija): Los menores permanecen siempre en la vivienda familiar común y son los padres quienes se mudan de casa en su respectiva semana de custodia. Aunque protege la estabilidad de los niños, es una vía costosa porque requiere mantener tres viviendas en uso.
- Modelo de alternancia (vivienda rotatoria): Los menores se trasladan cada semana o quincena de la casa de la madre a la del padre. Es la opción más común y viable económicamente.
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El Convenio Regulador de Mutuo Acuerdo
Si optas por el divorcio express de mutuo acuerdo, toda la organización de la custodia compartida debe detallarse en el convenio regulador de forma minuciosa:
- Calendario exacto de alternancias.
- Reparto de las vacaciones escolares (Navidad, Semana Santa, Verano).
- Quién se encarga de los traslados escolares.
- Cómo se comunicarán las decisiones sobre la salud o educación.
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